Elemento del Balance conformado por todos los bienes y derechos tangibles e intangibles que posee una persona natural o jurídica.
Serán los realizados entre sí por las cooperativas, o entre éstas y sus propios asociados, en desarrollo de su objeto social.
Es el contrato que se celebra por un numero determinado de personas, con el objeto de crear y organizar una persona jurídica de derecho privado denominada cooperativa, cuyas actividades deben cumplirse con fines de interés social y sin ánimo de lucro.
Escrito que identifica las regulaciones acerca de los asociados de las empresas de economía solidaria centrándose en precisar los requisitos generales de asociación, la adquisición de la calidad de asociado, sus deberes, derechos y razones por las cuales se llegará a perder la calidad de tales. Así mismo, deberán contemplarse las principales normas de administración y control interno de las empresas de Economía Solidaria.
Acto mediante el cual la persona, en un acto libre y autónomo, se adhiere a la entidad solidaria con el ánimo de contribuir en la solución a sus necesidades.
En los Fondos de Empleados, distribución que se hace de la cuota periódica obligatoria que realiza el asociado. La norma establece que de dicha cuota periódica, por lo menos el 10% se debe constituir como aporte social individual y la diferencia, se lleva como una cuenta individual de ahorro permanente a nombre del asociado.
Cuota periódica obligatoria que el asociado se compromete a hacer con destino a sus aportes sociales individuales. En los Fondos de Empleados, debe constituirse en aporte social individual por lo menos el 10% del total de la cuota periódica que el asociado realiza.
Son personas jurídicas de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas libre y democráticamente por personas naturales, inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales y satisfacer sus necesidades mediante la prestación de servicios de seguridad social. Están reguladas por el Decreto Ley 1480 de 1989.
Consejo Nacional de Economía Solidaria, organismo de apoyo a la Economía Solidaria, transformado por la Ley 454 de 1998.
Empresas asociativas sin ánimo de lucro, reguladas por la Ley 79 de 1988, en la cual los trabajadores o los usuarios, según el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa, creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.
Reglamentadas y reguladas por el Decreto 4588 de 2006, son organizaciones sin ánimo de lucro pertenecientes al sector solidario de la economía, que asocian personas naturales que simultáneamente son gestoras, contribuyen económicamente a la cooperativa y son a portantes directos de su capacidad de trabajo para el desarrollo de actividades económicas, profesionales o intelectuales, con el fin de producir en común bienes, ejecutar obras o prestar servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.
Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, producto de la transformación del Dancoop por la Ley 454 de 1998. Mediante el Decreto 4122 de 2011 se transformó en Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, adscrita al Ministerio del Trabajo.
Disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece, en proporción a su esfuerzo personal.
Es el término dado en las empresas de economía solidaria, a las utilidades resultantes del ejercicio económico, después de restar a los ingresos, todos los costos y gastos necesarios para la operación de la entidad.
Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas, creado con la Ley 454 de 1998.
Reglamentados y regulados por el Decreto Ley 1481 de 1989, el cual fue modificado por la Ley 1391 de 2010, son entidades asociativas, sin ánimo de lucro, constituidas por personas naturales trabajadores dependientes, trabajadores asociados o por servidores públicos.
Fondo de Fomento de la Economía Solidaria, creado con la Ley 454 de 1998.
Son los recursos que posibilitan a los productores la realización de algún trabajo, generalmente para la producción de un artículo.
Elemento del balance conformado por las deudas a corto y largo plazo, así como las estimaciones de gastos futuros que reconoce una persona natural o jurídica.
Elemento del balance que corresponde al resultado de lo que conocemos como ecuación patrimonial, que nos dice que el Patrimonio es igual al Activo menos el Pasivo.
Proyecto Educativo Social Empresarial de toda empresa solidaria, visto como un proceso permanente que orienta la ejecución del plan de desarrollo de la misma, a través de actividades educativas.
Empresas asociativas sin ánimo de lucro, de duración limitada, reglamentadas y reconocidas por el Decreto 1333 de 1989.
Número de individuos que se necesita para que un cuerpo deliberante o parlamentario trate ciertos asuntos y pueda tomar una decisión valida.
Son los excedentes no distribuidos pendientes de aplicación, después de hacer las reservas exigidas por la norma.
Sin la intención de acumular las utilidades en pocas personas, sino de distribuirlas y re-invertirlas entre todos los que las generan.
Entidad encargada de la vigilancia, inspección y control, creada por la Ley 454 de 1998.
Entidad adscrita al Ministerio de Trabajo en la cual fue transformado el Dansocial mediante Decreto 4122 de 2011.