Ley 454 De 1998 Marco Conceptual de la Economía Solidaria

Denominase Economía Solidaria al sistema socio económico, cultural y ambiental conformado por el conjunto de fuerzas sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas autogestionarias solidarias, democráticas y humanistas, sin ánimo de lucro para el desarrollo del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía.

En el desarrollo de su gestión, las entidades solidarias se han apropiado de funciones públicas demostrando eficiencia y mejor uso de los recursos públicos, es por eso que la Economía Solidaria está llamada a romper la desigualdad social, crear puestos de trabajo, actuar en el campo de la producción, distribución de bienes y servicios y ser un instrumento de desarrollo social, sin perder de vista la prosperidad colectiva que es característica de estas organizaciones.

Principios de economía Solidaria

En Colombia existe la integración mediante organizaciones solidarias en dos grandes sistemas: Las organizaciones Solidarias de Desarrollo y las Organizaciones de Economía Solidaria.

 El ser humano, su trabajo y mecanismos de cooperación tienen primacía sobre los medios de producción.

Formación e información para sus miembros de manera permanente, oportuna y progresiva.

Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora.

 Adhesión voluntaria, responsable y abierta.

 Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción.

Participación económica de los asociados en justicia y equidad.

Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua.

Autonomía, autodeterminación y autogobierno.

Promoción de la cultura ecológica.

Integración con otras organizaciones del mismo sector y servicio a la comunidad.

Fines de la Economía Solidaria

Promover el desarrollo integral del ser humano.

Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial de pensamiento solidario, critico, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los pueblos.

Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa.

Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social.

 
Garantizar a sus miembros la participación y el acceso a la formación, el trabajo, la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin discriminación alguna.

Características de la Economía Solidaria

En todo caso, las organizaciones de la Economía solidaria deberán:

  • Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.
  • Destinar sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin prejuicio de amortizar los aportes y conservación en su valor real. ​
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Organismos de apoyo a la economía solidaria

Tipos de Organizaciones de Economía Solidaria

En Colombia existe la integración mediante organizaciones solidarias en dos grandes sistemas: Las organizaciones Solidarias de Desarrollo y las Organizaciones de Economía Solidaria.

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 Cooperativas (Especializadas, Integrales y Multiactivas).

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Precoperativas.

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Cooperativas de trabajo asociado.

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Fondos de empleados.

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Asociación mutualistas.

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Instituciones auxiliares de la Economía Solidaria.

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Empresas solidarias de salud.

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Empresas Comunitarias.

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Empresas de servicios en las formas de Administraciones Públicas Cooperativas.

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Organismos de Segundo y Tercer grado que agrupen Fondos de Empleados, Cooperativas u otras formas asociativas y solidarias de propiedad.

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Todas aquellas formas asociativas que cumplan con lo establecido en la ley 454 de 1998: principios, fines, características y demás lineamientos en el marco del sistema de la economía solidaria.

Cooperativa

Es Cooperativa, la empresa asociativa sin ánimo de lucro, en la cual los trabajadores o los usuarios, según el caso, son simultáneamente los aportantes y los gestores de la empresa, creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.

Para garantizar su objeto social, es necesario que las Cooperativas desarrollen una eficiente gestión empresarial para satisfacer las necesidades de sus asociados con servicios eficientes y competitivos conservando en todos los casos, el equilibrio en sus resultados sociales, económicos y financieros.

Acuerdo Cooperativo. Es el contrato que se celebra por un número determinado de personas, con el objeto de crear y organizar una persona jurídica de derecho privado denominada Cooperativa, cuyas actividades deben cumplirse con fines de interés social y sin ánimo de lucro.

Actos Cooperativos. Serán actos cooperativos los realizados entre sí por las Cooperativas, o entre éstas y sus propios asociados, en desarrollo de su objeto social.

Marco Legal

Normas generales

  •  Constitución Política nacional
  •  Artículos 2, 4, 6, 15, 23, 38, 48, 58, 60, 62, 64, 74, 78, 86, 208, 333, 335 y 363.
  •  Ley 454 de 1998, Marco legal de la Economía Solidaria.
  •  Decreto Ley 012 de 2012, Ley anti trámites. 
  •  Código general del proceso.
  •  Código civil.
  • Código de comercio 
  • Código sustantivo del trabajo.

Normas específicas

  •  Ley 79 de 1988, Ley Cooperativa.
  •  Decreto 1333 de 1989, Régimen de las Pre cooperativas.
  •  Decreto 4588 de 2006, Régimen de las C.T.A.
  •  Circular Básica Jurídica de la Supersolidaria.
  •  Circular Básica Contable y Financiera de la Supersolidaria.
  •  Ley 1266 de 2008, Ley de habeas data.
  •  Ley 1480 de 2011, Ley del consumidor.
  •  Ley 1581 de2012, Ley de protección de datos personales.
  •  Ley 1314 de 2009, Ley de adopción de las NIIF.

Constitución y Reconocimiento de las Cooperativas

El estatuto de las Cooperativas deberán contener:

  1. Razón social, domicilio y ámbito territorial de operaciones.

  2. Objeto del acuerdo cooperativo y enumeración de sus actividades.

  3. Derechos y deberes de los asociados; condiciones para su admisión, retiro y exclusión y determinación del órgano competente para su decisión.

  4. Régimen de sanciones, causales y procedimientos.

  5. Procedimientos para resolver diferencias o conflictos transigibles entre los asociados o entre éstos y la cooperativa, por causa o con ocasión de actos cooperativos.

  6. Régimen de organización interna, constitución, procedimientos y funciones de los órganos de administración y vigilancia, condiciones, incompatibilidades y forma de elección y remoción de sus miembros.

  7. Convocatoria de asambleas ordinarias y extraordinarias.

  8. Representación Legal: funciones y responsabilidades.

  9. Constitución e incremento patrimonial de la cooperativa: reservas y fondos sociales, finalidades y formas de utilización de los mismos.

  10. Aportes sociales mínimos no reducibles durante la vida de la Cooperativa; forma de pago y devolución: procedimiento para el evalúo de los aportes en especie o en trabajo.

  11. Formas de aplicación de los excedentes cooperativos.

  12. Régimen y responsabilidades de las Cooperativas y de sus asociados.

  13. Normas para fusión, incorporación, transformación, disolución y liquidación.

  14. Procedimientos para reforma de estatutos y las demás estipulaciones que se consideren necesarias para asegurar el adecuado cumplimiento del acuerdo cooperativo y que sean compatibles con su objeto social.

  15. Los estatutos serán reglamentados por el Consejo de Administración, con el propósito de facilitar su aplicación en el funcionamiento interno y en la prestación de servicios.

  16. Las reformas de los estatutos de las cooperativas deberán ser aprobadas en asamblea general y sancionadas por la Supersolidaria.

El estatuto de las Cooperativas deberán contener:

Podrán ser asociados de las Cooperativas:

  1. Las personas naturales legalmente capaces y los menores de edad que hayan cumplido catorce (14) años. O quienes, sin haberlos cumplido, se asocien a través de representante legal.
  2. Las personas jurídicas de derecho público.
  3. Las personas jurídicas del sector cooperativo y las demás de derecho privado sin ánimo de lucro.
  4. Las empresas o unidades económicas cuando los propietarios trabajen en ellas y prevalezcan el trabajo familiar o asociado.

Derechos fundamentales de los asociados

  1. Utilizar los servicios de la Cooperativa y realizar con ella las operaciones propias de su objeto social.
  2. Participar en las actividades de la Cooperativa y en su administración, mediante el desempeño estatutario.
  3. Ser informados de la gestión de la Cooperativa de acuerdo con las prescripciones estatutarias.
  4. Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas.
  5. Fiscalizar la gestión de la cooperativa.
  6. Retirarse voluntariamente de la cooperativa.
  7. El ejercicio de los derechos estará condicionado al cumplimiento de los deberes. 

Deberes especiales de los asociados

  1. Adquirir conocimiento sobre los principios básicos del cooperativismo, características del acuerdo cooperativo y estatutos que rigen la entidad.
  2. Cumplir las obligaciones derivadas del acuerdo cooperativo. 
  3. Aceptar y cumplir las decisiones de los órganos de administración y vigilancia.
  4. Comportarse solidariamente en sus relaciones con la cooperativa y con los asociados de la misma.
  5. Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de la Cooperativa.

Biblioteca

Puedes estudiar las veces que quieras con nuestros cuestionarios de repaso. Una vez te sientas listo para realizar tu examen final, puedes dar clic en "Evaluación Final".
Recurso 8100

¡Aprende con nuestra cartilla de cooperativismo!

Recurso 9100

¡Aprende de manera divertida con nuestra sopa de letras.

Recurso 10100

¡No te quedes con la duda! Aquí te brindamos los términos que más debas recordar.

Evaluación Final

Si su calificación es 75/100 o más, obtendrá su certificación. Si no lo logra, tendrá otra oportunidad para volver a intentarlo. La cooperativa le informará las fechas definidas para ello.

Refuerzo

Puedes estudiar las veces que quieras con nuestros cuestionarios de repaso. Una vez te sientas listo para realizar tu examen final, puedes dar clic en "Evaluación Final".
  • Historia
    • Breve historia del Cooperativismo
    • Reseña del Cooperativismo en Colombia
  • Conceptualización
    • Economía
    • Solidaridad
    • Ayuda mutua
    • Mutualismo
  • Tipo de Organizaciones Solidarias
    • Organizaciones solidarias de desarrollo
    • Fundaciones
    • Corporaciones
    • Organizaciones de economía solidaria

REFUERZO UNIDAD 01

  • Economía solidaria
    • Ley 454 De 1998
    • Principios de economía solidaria
    • Fines de economía solidaria
    • Características de la economía solidaria
    • Organismos de apoyo
    • Tipo de organizaciones
  • El cooperativismo
    •  Cooperativa
    • Normas generales
    • Normas específicas
    • Doble naturaleza de las cooperativas
  • Constitución y reconocimiento
    • El estatuto
    • Constitución
    • Asociados, derechos y deberes

  EVALUACIÓN UNIDAD 02

  • Administración y Vigilancia
    • La asamblea
    • Consejo de Administración
    • Gerencia
    • Control Social
    • Revisor Fiscal
  • Régimen
    • Régimen económico
    • Excedentes
  • Desarrollo de las cooperativas
    • Clase de cooperativas
    • Educación cooperativa
    • Fusión, incorporación, disolución y liquidación

REFUERZO UNIDAD 3